5.5 Tribunales o comisiones de justicia.

La justicia es asunto de las comisiones de justica, compuestas por un mínimo de 5 personas : tantos hombres como mujeres ; la persona que sobra tiene que ser del mismo genero que el acusado.

Se conoce 4 cortes de justicia :

  • los tribunales de Barrio, que se encarga de los delitos que el tribunal de las celdas ignora.
  • El tribunal de las celdas, competente para todos los delito graves
  • el tribunal de la armada, para tratar las infracciones militares
  • el tribunal de Utopia, que juzga los delitos políticos.

Los miembros de los tribunales de Barrio, son ciudadanos designados por ordén alfabética, eso para que cada ciudadano pueda reprensentar la justicia. Cada caso es juzgado por 2 comisiones (una saliendo de « A », la otra subiendo de « Z »)

Los miembros de los tribunales de las celdas son miembros de las cámeras legislativas deliberantes de los Barrios : se escogen a esos miembros siguiendo la ordén alfabética.

Los miembros de los 2 tribunales de etados son miembros de las cámeras legislativas deliberantes de las celdas y del estado, designados según la ordén alfabética.

En casos justificados, las comnisiones de justicia pueden funcionar de forma anónima.

Los ciudadanos que conocen al acusado no pueden ser sorteados.

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